Santo Domingo
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) emitió una resolución que establece los requisitos y condiciones para la afiliación de los dependientes directos y adicionales del afiliado titular al Régimen Contributivo del Seguro Familiar de Salud, incluidos hermanos, tíos, sobrinos, abuelos e hijos mayores.
El Superintendente de la SISALRIL, Pedro Luís Castellanos, expresó que esto constituye un significativo paso en la senda hacia la universalización de la afiliación, ya que da la posibilidad a los afiliados cotizantes al sistema, incluir como dependientes adicionales en el Seguro Familiar de Salud (SFS) a dichos parientes.
La Resolución No.00206-2016 establece que los dependientes directos y adicionales del afiliado titular pueden ser ingresados al sistema, bajo la condición de no estar inscritos en una nómina en la Tesorería de la Seguridad Social, y que se encuentre bajo la protección económica del afiliado titular, su cónyuge o compañero de vida, conforme lo dispone la Resolución No.184-05, dictada por el Consejo Nacional de Seguridad Social.
Castellanos explicó que la nueva resolución se sustenta en la Ley 87-01, artículo 123 sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, y en el Reglamento sobre Aspectos Generales de Afiliación al SFS del Régimen Contributivo, que establece la posibilidad de inscribir a otros familiares adicionales que tengan un parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad.